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Editorial: El resguardo del trabajo decente en una nueva Constitución

Editorial: El resguardo del trabajo decente en una nueva Constitución

La propuesta de nueva Constitución, que fue rechazada, establecía un nuevo marco constitucional que consagraba, entre otros derechos sociales fundamentales, el derecho al trabajo decente, que incluye el derecho a huelga y la libertad sindical para todos los sectores. Es decir, un trabajo en condiciones de libertad, equidad, seguridad y dignidad. Norma constitucional impulsada por la CUT previo trabajo sindical, que llevó a establecer el objetivo de elevar el trabajo decente como valor central de una nueva Constitución para Chile, posicionando lo establecido por la Organización Internacional del Trabajo.

El trabajo, históricamente, ha sido limitado a una condición digna, es decir, a tener un valor comercial en un espacio determinado, con el objetivo de su explotación para la obtención de un resultado requerido por el que emplea. En la actualidad, el concepto de trabajo decente cambia el paradigma del trabajo actual, ya que incorpora las necesidades y esperanzas de las trabajadoras y los trabajadores durante la vida activa laboralmente, lo que implica su desarrollo personal en el marco de la Seguridad Social y su participación activa en condiciones de igualdad y equidad.

El Sr. Juan Somavia, chileno, director general de la OIT entre 1999 y 2012, precursor del trabajo decente en su gestión, reafirma que el Trabajo es un Derecho Humano Fundamental, señalando que “el trabajo decente y el respeto a los derechos del trabajo tienen que comenzar en el lugar de trabajo, decir no a la discriminación en el lugar de trabajo es clave para fomentar el respeto, la tolerancia y la inclusión en la sociedad toda (…) Creo que no hay mejor índice del bienestar humano que el fortalecimiento de la seguridad de las personas. La principal falencia de nuestros días es lo poco que hacemos por fortalecer esa seguridad. Ahora, tenemos la oportunidad de rectificar nuestro comportamiento”.

Más allá de los ajustes que se deberá hacer al texto constitucional plebiscitado para presentar una nueva propuesta, como CONFEDEPRUS creemos que algunos puntos relacionados con la garantía de derechos sociales fundamentales deben permanecer. El texto constitucional propuesto a la ciudadanía el pasado 4 de septiembre garantizaba el derecho al trabajo decente y su protección, en condiciones laborales equitativas, con resguardo de la salud y seguridad de las trabajadoras y los trabajadores, así como su descanso, disfrute del tiempo libre, desconexión digital, garantía de indemnidad y, en definitiva, al pleno respeto de los derechos fundamentales. Todos ellos, aspectos básicos para avanzar en este concepto de trabajo decente, además por supuesto del derecho a una remuneración justa y suficiente para poder asegurarle su sustento y el de su familia, sin ningún tipo de discriminación o despido que no se base en las competencias laborales. Una cuestión para destacar y a defender es la definición de que las trabajadoras y los trabajadores tienen derecho a una remuneración igual remuneración por trabajo de igual valor.

Otra de las garantías establecidas en el texto tiene que ver con el deber del Estado respecto de generar políticas públicas que permitan la conciliación laboral, la vida familiar y comunitaria y el trabajo de cuidados, incluyendo el respeto por los derechos reproductivos de las personas trabajadoras y la prohibición de toda forma de precarización laboral, así como el trabajo forzoso, humillante o denigrante.

Por lo descrito, reafirmamos nuestro compromiso de afianzar el trabajo decente en Chile, en especial el de las trabajadoras y los trabajadores de la Salud, el cual se diferencia de otros al exponer su integridad física y mental y, en algunos casos, su vida para cuidar a la población habitante del país.

¡Vamos por más!

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